ACCIÓN URGENTE. CASO LEO
BASSI.
Ante la colocación de un artefacto explosivo en el teatro Álfil de Madrid, donde se representa La Revelación de Leo
Bassi, Europa Laica plantea una acción urgente de
protesta contra la violencia religiosa.
Requerimos la participación de todos los asociados, amigos y
simpatizantes para el envío de cartas personalizadas a todos los medios de
comunicación a su alcance, a los poderes públicos y a los responsables de
partidos políticos y de organizaciones sociales, con una petición de respuesta
que ponga fin a la violencia religiosa.
Creemos que una acción ciudadana de este tipo, con cartas
individualizadas, resulta en estos momentos de mayor eficacia.
Nos limitamos a sugerir algunas pautas:
1) La exigencia a
2) La apertura de investigaciones policiales que conduzcan a la
detención de los autores y promotores de actos violentos contra la libertad de
expresión.
3) La protesta contra un Código Penal inadmisible, que protege los
recintos religiosos y los actos realizados en ellos por sus fieles (donde se denostan a las madres solteras, las parejas de hecho, los
homosexuales, etc., etc., en completa impunidad), mientras el local donde se
celebra una asamblea atea o una obra de teatro antirreligiosa carece de
idéntica protección penal.
Algunos argumentos para redactar este tipo de cartas personales pueden
encontrarse en el Llamamiento hecho por Europa Laica el pasado 17 de febrero,
que reproducimos al final de esta acción urgente.
Por último, rogamos que nos enviéis copias de las cartas redactadas.
En la medida de lo posible, les daremos difusión. El seguimiento de este caso,
con toda la documentación que genere, lo haremos -además de nuestra web, que lógicamente está sometida a actualizaciones
periódicas y a la necesidad de selección-, a través de Lista Europa Laica:
http://es.groups.yahoo.com/group/listaeuropalaica/
Para abonarse a este grupo, hay dos procedimientos:
1) Creando una ID Yahoo, lo que es un poco
engorroso. Es el mismo que para crear un correo gratuito Yahoo.
2) El procedimiento abreviado consiste en enviar un correo, con una
sola palabra, como "suscribir", en el asunto y el el
texto, a:
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Yahoo te enviará un correo
pidiendo confirmación de
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NOTICIAS APARECIDAS EN EL PAÍS DE HOY.
Hallado un artefacto explosivo a unos metros del camerino de Leo Bassi en el teatro Alfil de Madrid
Grupos violentos de extrema derecha y ultracatólicos
han amenazado en varias ocasiones al artista por su última obra, 'La
Revelación'
ELPAIS.es / FRANCISCO JAVIER
BARROSO - Madrid ELPAIS.es -
España - 02-03-2006 - 01:40
Un empleado del teatro Alfil de Madrid ha encontrado esta noche, hacia
las 21.30, un artefacto explosivo, activado con mecha de efecto retardado
encendida, y que estaba colocado a tan sólo tres metros del camerino del
artista italiano Leo Bassi, que representa
El empleado del teatro madrileño ha visto a un hombre sospechoso de
unos 50 años saliendo de un pasillo cercano a los camerinos, en la segunda
planta del teatro.
Tras inspeccionar la zona, este empleado ha encontrado en una de las
estancias una mecha ardiendo que conducía a un bote de pólvora con aluminio y
al lado había una botella de gasolina y junto a ésta, 20 bobinas de papel,
telas y otros artilujios que prenden con facilidad.
Posteriormente, ha llegado la policía, que ha procedido a desalojar el
edificio.
Según los agentes, este artefacto hubiera tardado más o menos una hora
en alcanzar a
Escolta para el artista
Entre las críticas que le han llovido en esta ocasión a Bassi están las que provienen de Alternativa Española, que
convocó recientemente una manifestación para protestar por una puesta en escena
que según esta asociación, ataca a la religión y a los católicos. Sin embargo,
este espectáculo se ha representado en lugares como Portugal, Alemania,
Austria, Francia y en numerosas ciudades españolas sin que haya suscitado
reacciones violentas.
Las amenazas de diversas organizaciones extremistas han llegado a tal
extremo que en varias ocasiones, la policía ha tenido que custodiar a los
espectadores que hacían cola para entrar en el teatro Alfil. Además, el artista
italiano lleva desde entonces escolta.
El teatro Alfil ha emitido un comunicado esta noche en el que confirma
la colocación del artefacto explosivo y califica los hechos de "suma
gravedad". Por su parte, el artista Bassi ha
respondido en numerosas ocasiones a las críticas y amenazas desde su página web, www.leobassi.com .
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Desactivada una bomba incendiaria junto al camerino de Leo Bassi El teatro Alfil suspende la representación de 'La
revelación'
F. J. B. - Madrid
EL PAÍS - 02-03-2006
Un hombre de unos 50 años colocó ayer por la noche un artefacto
incendiario en el teatro Alfil, preparado para explosionar durante la
representación de la obra del cómico Leo Bassi
Los hechos ocurrieron sobre las nueve y media de
Al lugar se desplazaron técnicos en desactivación de explosivos (tedax), investigadores de
El artefacto estaba colocado junto a una veintena de bobinas de papel
que eran carteles anunciadores de
El artefacto fue colocado en una estancia que está a tres metros del
camerino de Leo Bassi. Éste se encontraba anoche
bastante afectado por el suceso y señaló que no comprendía cómo su espectáculo
había visitado diversos países de Europa (Portugal, Alemania, Austria y
Francia) y varias capitales españolas y en ninguna de ellas había tenido
problemas. También comentó que pedirá a la policía que refuerce la vigilancia,
sobre todo en el acceso al teatro.
El Alfil tuvo que suspender la representación, que tendría que haber
comenzado a la 22.30. "De no haberse descubierto el artefacto, habría
estallado produciendo un incendio de grandes dimensiones, según fuentes
policiales, con el público, técnicos, personal del teatro y artistas dentro de
la sala", señalaron los responsables del teatro, que consideraron el hecho
"de suma gravedad".
La revelación está en cartel desde el pasado 17 de enero. Leo Bassi ha presentado desde entonces cuatro denuncias por
amenazas, algunas de ellas de muerte y la mayoría por teléfono.
La asociación de extrema derecha Alternativa Española se manifestó el
pasado 24 de febrero ante el Alfil, ya que, según sus dirigentes, La revelación
es un espectáculo en el que se ataca a la religión y a los católicos con actos
que llegan a la profanación.
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LLAMAMIENTO URGENTE A TODOS LOS LAICISTAS Y A TODAS LAS FUERZAS
POLÍTICAS Y SOCIALES DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LA DEMOCRACIA.
EL CASO LEO BASSI Y LA REVELACIÓN.
Cuando la violencia desatada desde amplios sectores musulmanes, tras
las caricaturas publicadas en Dinamarca, empieza ya a declinar en las primeras
páginas y en los grandes titulares, una duda nos asalta a los laicistas: hasta
qué punto dicha violencia -que no
justificamos- se mezcla con la reacción algo más comprensible- ante la tiranía
imperialista de los Estados Unidos y sus aliados occidentales, ante el
genocidio sistemático de población civil inocente en países de amplia mayoría
musulmana. Los integrismos de todo tipo siempre pueden sacar provecho sembrando
la confusión y amalgamando de manera acrítica las
protestas.
Más preocupante, en nuestro espacio geopolítico, resultan la violencia
y la intolerancia religiosa de quienes no sienten ni han sentido más amenaza
que la de ver tambalearse la tiranía moral ejercida desde Teodosio.
No hace aún mucho tiempo, hemos asistido a una agresión física a Íñigo Ramírez de Haro, autor de la obra teatral Me cago en
Dios, y a los actores que la representaban, en el Círculo de Bellas Artes de
Madrid. Agresión, todo hay que decirlo, perfectamente premeditada y
vergonzosamente justificada por destacados cargos públicos.
Desde el 17 de enero (y hasta el 12 de marzo) La Revelación de Leo Bassi se representa en el teatro Alfil de Madrid. Por lo
pronto, su director, los actores y hasta el personal del teatro ya han sufrido
repetidas agresiones verbales, lanzamientos de huevos y amenazas de muerte por
parte de grupos católicos (los mismos, presumiblemente, que protagonizaron las
agresiones con motivo de la obra Me cago en Dios).
Por otra parte, el Centro Jurídico Tomás Moro (la misma organización
que se querelló contra Íñigo Ramírez de Haro) ha interpuesto
una querella contra Leo Bassi y el teatro Alfil,
basada en las ofensas a los sentimiento religiosos.
La Asociación Europa Laica hace un doble llamamiento a todos los
laicistas y a todas las fuerzas políticas y sociales defensoras de los derechos
humanos y de la
democracia:
1) Movilizarse a través de acciones y campañas para sensibilizar a la
opinión pública contra la violencia religiosa y exigir a los poderes públicos
inmediata y eficaz protección para Leo Bassi, los
actores y todo el personal que de una u otra manera trabaja en torno a la obra
La Revelación, independientemente de lo apropiado o no del contenido de la
misma (ya que se representa en un local al que el público accede
voluntariamente, previo pago de una entrada).
2) Movilizarse a través de acciones y campañas para exigir al gobierno
y a los grupos parlamentarios la inmediata revisión de los artículos del Código
Penal introducidos por
En efecto, dicha Ley Orgánica no sólo no protege la libertad de
conciencia, limitándose a proteger la libertad religiosa, sino que discrimina
negativamente a los ciudadanos que sostienen cualquier otro tipo de
convicciones.
Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades
que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con
Veamos, pues, qué dice la DU de 1948 sobre las convicciones y las
creencias en su artículo 18:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de
conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de
religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su
creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la
enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Se habla de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (no
sólo de libertad religiosa) y se sitúan en plano de igualdad la religión o las
creencias (se entiende, pues, las creencias no religiosas).
Desde esta normativa superior (que obliga, en su interpretación de los
derechos fundamentales, a los poderes públicos), carece por completo de
fundamento proteger las convicciones de carácter religioso, desprotegiendo cualquier otro tipo de
convicciones.
En coherencia con ello, proteger penalmente los sentimientos
religiosos debería conllevar una similar protección a los sentimientos filosóficos,
políticos, estéticos, etc., lo cual no es más que el colapso de cualquier
sociedad democrática.
Las covicciones religiosas no son, desde los
principios de igualdad establecidos en la DU, acreedoras de ningún tipo de
protección, como tampoco lo son ni deben serlo los restantes tipos de
convicciones (que, por otra parte, nuestro Código Penal reduce a mera
negatividad sin contenido). Quienes merecen ser protegidos, en su integridad
física y psicológica, por las leyes y por los poderes públicos, son los
individuos, los seres humanos tomados de uno en uno, y no las creencias a que
se adscriben o sobre las que proyectan sus sentimientos.
Europa Laica invita, por último, a reflexionar sobre los mencionados
artículos del Código Penal:
Código Penal, artículo 522.
Incurrirán en la pena de multa de cuatro a diez meses:
1º. Los que por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier
otro apremio ilegítimo impidan a un miembro o miembros de una confesión
religiosa practicar los actos propios de las creencias que profesen, o asistir
a los mismos.
Nos preguntamos por qué los miembros de una asociación no religiosa no
somos objeto de la misma protección si concurrimos, por ejemplo, a un acto de
exaltación de los valores republicanos o a una ceremonia de homenaje a un
mártir de la libertad de pensamiento como Giordano
Bruno, y somos objeto de violencia, etc. Se nos dirá que ya otros artículos del
código penal nos protegen, y volveremos a preguntarnos por qué esos mismos
artículos no bastan como protección a los miembros de una confesión religiosa.
¿Dónde queda el artículo 14 de la Constitución, y cómo es aceptable un código
penal en el que una misma conducta es delito tipificado en un artículo para un
tipo de ciudadanos y no lo es para otros?
2º. Los que por iguales medios fuercen a otro u otros a practicar o
concurrir a actos de culto o ritos, o a realizar actos reveladores de profesar
o no profesar una religión, o a mudar la que profesen.
Aquí el clericalimo moderno se ha dejado una
laguna, en cuanto a los actos reveladores de profesar o no profesar una
religión, y deberíamos aprovecharla recurriendo a la denuncia por vía penal
cada vez que se celebre una misa en un centro de enseñanza durante el horario
lectivo.
Artículo 523: El que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho,
impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o
manifestaciones de las confesiones religiosas inscritas en el correspondiente
registro público del Ministerio de Justicia e Interior, será castigado con la
pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar
destinado al culto, y con la de multa de cuatro a diez meses si se realiza en
cualquier otro lugar.
Volvemos a idéntica discriminación -¡en materia penal!- entre
ciudadanos con convicciones religiosas -reconocidas por el registro del
Ministerio de Justicia- y ciudadanos con convicciones no religiosas. ¿Por qué
un acto público con motivo del orgullo gay o una manifestación hasta el busto de
Manuel Azaña, para rendirle homenaje, no debería
gozar de idéntica protección, atendiendo a los artículos arriba citados de la
DU que deben inspirar nuestras leyes? ¿Qué ocurre si, ante el estacionamiento
de una procesión de Semana Santa bajo una ventana abierta, un ciudadano está
celebrando una fiesta en su casa y la música alta "perturba" el acto?
Este artículo es un atentado directo a los principios elementales de
libertad y de igualdad.
Artículo 524: El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias
religiosas, ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos
religiosos legalmente tutelados, será castigado con la pena de prisión de seis
meses a un año o multa de cuatro a diez meses.
Muy bien. A ninguno de nosotros se nos ocurre entrar en un templo para
impedir que los fieles de una confesión religiosa se entreguen a sus
iluminaciones. ¿Pero por qué no goza de idéntica protección la sede de un
congreso ateo o de una asociación de lesbianas que se reúnen los viernes para
hacer yoga tántrico o una sala de teatro que
representa una obra irreverente? A la luz de los derechos fundamentales, los
artículos del código penal en materia de libertad religiosa y de libertad de
conciencia enuncian dislate tras desatino.
Artículo 525.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para
ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan
públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento,
escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también
públicamente, a quienes los profesan o practican.
¿Qué ocurre con los sentimientos de los agnósticos, los ateos, los
indiferentes, los que tienen profundamente arraigada en su modo de sentir y de
pensar la tradición de pensamiento científico y humanista, que, desde la
Ilustración y su posterior desarrollo, ha dado lugar a cosas tan valiosas para
nosotros como la democracia y los derechos humanos? Desde luego, no se nos
ocurriría solicitar que las ofensas y los escarnios a nuestras creencias e
ideologías se convirtieran en delito, porque eso sería la muerte de la libertad
de expresión. Pero no podemos aceptar "respetuosamente" como algo
legítimo el hecho de que determinadas ideologías -las de corte religioso- estén
blindadas y nos sitúen constantemente, a la hora de expresar nuestro
pensamiento y nuestros sentimientos hacia las mismas, en las puertas del
delito. Casos recientes, como la sentencia condenatoria a un videojuego con
nazarenos y a una página de internet con la virgen,
amén de lo suscitado por la obra teatral "Me cago en Dios", vienen a
ilustrar este añadido atentado a los principios de libertad y de igualdad en
materia de convicciones. La blasfemia como delito se oculta aquí bajo la ofensa
de los sentimientos de un determinado perfil de ciudadano, que parece disfrutar
de derechos de los cuáles los demás somos desposeídos.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente
escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia
alguna.
La única protección en este caso es la "ausencia de religión o de
creencia". Es decir, no existen, desde el punto de vista de
Reiteramos, pues, el llamamiento a todos los individuos y
organizaciones progresistas a movilizarse contra el vigente Código Penal, por
una Ley Orgánica que realmente garantice la libertad de conciencia.
ASOCIACIÓN EUROPA LAICA,
17 de febrero de 2006.
ASOCIACIÓN EUROPA LAICA